Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluacin̤ de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente

Esta directiva <U+0097>denominada Directiva ℗±EAE℗<U+00BB> sobre la ℗±evaluacin̤ ambiental estratǧica℗<U+00BB><U+0097>, tiene por objeto completar la Directiva EIA (Directiva 85/337/CEE).Los planes y programas pb͠licos cubiertos por la presente directiva deberǹ ser objeto d...

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Other Authors: EUR-Lex <U+0096> El Derecho de la Unin̤ Europea
Format: Book
Language:Spanish
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Online Access:Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluacin̤ de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente
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MARC

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245 1 0 |a Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluacin̤ de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente 
246 |a Directive 2001/42/EC of the European Parliament and of the Council of 27 June 2001 on the Assessment of the Effects of Certain Plans and Programmes on the Environment 
264 |a Bogot ̀(Colombia) :  |b Revista VirtualPRO,  |c 2011 
520 3 |a Esta directiva <U+0097>denominada Directiva ℗±EAE℗<U+00BB> sobre la ℗±evaluacin̤ ambiental estratǧica℗<U+00BB><U+0097>, tiene por objeto completar la Directiva EIA (Directiva 85/337/CEE).Los planes y programas pb͠licos cubiertos por la presente directiva deberǹ ser objeto de una evaluacin̤ medioambiental a lo largo de su preparacin̤ y antes de su adopcin̤. Esta evaluacin̤ incluye la elaboracin̤ de un informe medioambiental (que indique los probables efectos significativos en el medio ambiente y unas alternativas razonables), as ̕como la realizacin̤ de consultas (al pb͠lico, autoridades competentes en cuestiones medioambientales y a otros Estados miembros en caso de efectos transfronterizos significativos).El informe medioambiental y los resultados de las consultas deben tenerse en cuenta antes de adoptar el plan o programa en cuestin̤. Una vez que este sea adoptado, se informar ̀de ello a las autoridades competentes en materia medioambiental, a la opinin̤ pb͠lica y a cualquier Estado miembro consultado, y se pondr ̀a su disposicin̤ la informacin̤ pertinente. Con el fin de determinar a la mayor brevedad posible los efectos negativos imprevistos, es preciso supervisar los efectos significativos que los planes y programas puedan tener en el medio ambiente. 
650 \ \ |a Gestin̤ del medio ambiente 
650 \ \ |a Derecho ambiental 
650 \ \ |a Proteccin̤ del medio ambiente 
650 \ \ |a Environment management 
650 \ \ |a Environmental law 
650 \ \ |a Environmental protection 
650 \ \ |a medio ambiente 
650 \ \ |a impacto ambiental 
650 \ \ |a evaluacin̤ ambiental 
650 \ \ |a marco legal 
650 \ \ |a Unin̤ Europea 
650 \ \ |a UE 
650 \ \ |a environment 
650 \ \ |a environmental assessment 
650 \ \ |a environmental impact 
650 \ \ |a legal framework 
650 \ \ |a European Union 
650 \ \ |a EU  
700 \ \ |a EUR-Lex <U+0096> El Derecho de la Unin̤ Europea 
856 |z Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluacin̤ de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente  |u https://virtualpro.unach.elogim.com/biblioteca/directiva-2001-42-ce-del-parlamento-europeo-y-del-consejo-de-27-de-junio-de-2001-relativa-a-la-evaluacion-de-los-efectos-de-determinados-planes-y-programas-en-el-medio-ambiente